Pinchazos, canasteo o goteo ya son delito

Con 60 votos a favor, tres en contra y cero abstenciones, el Congreso de la Ciudad de México aprobó tipificar como delito la administración subrepticia (que se hace a escondidas) de sustancias ya sea por vía oral, intravenosa, intramuscular, dérmica o subcutánea, realizadas sin consentimiento de la víctima como los “pinchazos” y el “canasteo o goteo”.

Recientemente, han incrementado significativamente las denuncias por pinchazos en espacios públicos, como el Metro, por lo que con esta reforma, la Fiscalía General de Justicia local tendrá los elementos necesarios para poder investigar, perseguir y sancionar a quienes cometan este tipo de actos.

Penas y agravantes

Dicho delito será castigado con una pena de dos a cinco años de prisión y de 50 a 350 días de multa a quien, sin consentimiento de una persona, le administre, le introduzca, suministre o aplique cualquier sustancia sin que la víctima se dé cuenta o con engaño.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *